FAQ's Kit Digital
Según los últimos datos facilitados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a principios de Mayo, casi la mitad de las empresas españolas de entre 10 y 49 empleados había realizado la solicitud del bono digital de 12.000 €.
A medida que se están otorgando estos bonos, en Flash Software, como Agente Digitalizador acreditado, estamos recibiendo múltiples consultas de nuestros clientes relacionadas con la aplicación de estos bonos.
En este artículo intentamos responder algunas de estas preguntas. No obstante, si no encuentra la respuesta que está buscando, no dude en contactar con nosotros y le contestaremos lo antes posible.
Me han otorgado el bono digital ¿Qué es lo primero que debo hacer?
Lo primero es localizar uno o varios Agentes Digitalizadores que ofrezcan las soluciones de digitalización en las que quiere invertir su bono.
Existen más de 7.000 Agentes Digitalizadores acreditados, por lo que esta selección no le va a resultar fácil. La lista completa se puede consultar en la web oficial www.acelerapyme.es donde, además de la razón social de la empresa, podrá conocer las categorías de soluciones que ofrece, el sector de actividad al que se dirige, la zona geográfica en la que despliega la solución de digitalización y la página web con su oferta comercial detallada.
Una vez seleccionado su Agente Digitalizador, deberá formalizar un contrato con él para la solución de digitalización que desee adoptar y finalmente firmar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización entre ambas partes.
¿En qué consisten los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización?
Es un acuerdo donde se establecen, entre otros, el importe del bono digital que podrá aplicarse en la solución de digitalización contratada, así como las funcionalidades a implementar, su plazo de ejecución o desarrollo, la entrega y las obligaciones entre ambas partes.
En primer lugar, su Agente Digitalizador deberá registrar en la Plataforma de Tramitación del Kit Digital una propuesta de Acuerdo. Posteriormente, el beneficiario deberá revisar la información cumplimentada en cada uno de los bloques y, de ser correcta, confirmar las diferentes declaraciones responsables que se requieren y proceder a su aceptación.
En este enlace encontrará una guía detallada de este proceso publicada por Red.es.
Una vez concedida la ayuda ¿Qué plazo tengo para formalizar el acuerdo?
El plazo máximo para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización a partir de la publicación de la Resolución de Concesión de la ayuda al beneficiario es de seis meses. Transcurrido este plazo, el beneficiario pierde el derecho al cobro de la parte del bono que no esté recogido en un acuerdo aceptado por ambas partes.
¿Puedo utilizar el Kit Digital para mejorar una solución o servicio del que ya dispongo?
No siempre. Las ayudas pueden destinarse a contratar soluciones de digitalización nuevas o a sustituir soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
La clave es que la solución anterior no cumpla con alguno de los requisitos mínimos exigidos en el catálogo de soluciones digitales. Por ejemplo, puede utilizar la ayuda para sustituir su web actual sólo si ésta no se adapta correctamente cuando se visualiza en un teléfono móvil o no cumple con los criterios de accesibilidad requeridos. Por contra, puede que le resulte complicado justificar la sustitución de una solución BI si la solución actual ya cumple con los requisitos mínimos exigidos.
Puede consultar el detalle de los requisitos mínimos de cada solución en este enlace de Acelera Pyme.
¿Puedo utilizar la ayuda para sustituir el ERP de mi empresa?
Sí, es posible invertir el bono del Kit Digital para implementar un nuevo ERP en su empresa, disponga o no de este software actualmente. La implantación de un ERP en la nube como FlashOdoo puede aplicar a varias de las soluciones digitales del programa.
Sin duda, la implantación de un ERP encaja perfectamente en el apartado de Gestión de procesos, debido a que está orientado a digitalizar y automatizar procesos y flujos de trabajo de la empresa. Pero además:
Puede incluirse en la categoría de Sitio web y Presencia en internet cuando, como en el caso de FlashOdoo, el mismo ERP incorpora un módulo de gestión del sitio web de la empresa.
Encaja también en la categoría de Comercio electrónico cuando el mismo ERP incorpora un módulo de eCommerce.
Encaja perfectamente en la categoría de Gestión de clientes si incorpora un módulo de CRM.
Además, dependiendo del ERP seleccionado, puede utilizar el bono para aplicar soluciones de Oficina Virtual y Factura Electrónica si su ERP actual no dispone de estas funcionalidades.
¿Puedo utilizar la ayuda para adquirir nuevo hardware?
No, la compra de hardware no se considera en ninguna de las soluciones de digitalización.
El Kit Digital está destinado a aportar soluciones orientadas a la digitalización de las pequeñas empresas y trabajadores autónomos. En este sentido, se apuesta por servicios y sistemas relacionados como entornos de oficina virtual, soluciones de seguridad informática, software para la automatización de procesos y presencia en internet (redes sociales, web y eCommerce).
¿De qué plazo dispongo para implantar la solución digital?
Una vez validado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, el Agente Digitalizador dispondrá de un periodo de tres meses para desarrollar e instalar la solución contratada.
Completada esta primera fase, se dispone de otros 12 meses durante los cuales se dará soporte y mantenimiento de la solución instalada.
¿Cómo y cuándo se cobra el bono digital?
El Agente digitalizador emite una factura a la empresa beneficiaria por el total de los servicios suministrados en la implantación de las soluciones. La empresa beneficiaria debe hacerse cargo únicamente del pago del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicado en la factura emitida, así como de cualquier concepto no incluido en el bono digital. No debe preocuparse del pago del bono digital, ya que cede el derecho a cobro de la ayuda al Agente Digitalizador.
La administración paga las ayudas directamente a los Agentes Digitalizadores una vez justificada y comprobada cada fase de conformidad. Los porcentajes para determinar la cuantía de los pagos de cada fase vienen establecidos en cada categoría de soluciones de digitalización y los importes correspondientes se establecen en los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización.